En PIP Traders Funding LLC, todos los traders que aprueban su evaluación son contratados como contratistas independientes bajo el rol de Certified PIP Trader. Como parte de este rol, aseguramos el cumplimiento de las leyes fiscales aplicables a los pagos realizados. A continuación, se detalla nuestra política de retenciones fiscales y los procedimientos que seguimos para garantizar transparencia y cumplimiento.
1. Contratistas Independientes que Residen en Puerto Rico
De acuerdo con el Código de Rentas Internas de Puerto Rico, las retenciones fiscales se aplican de la siguiente manera:
Retención del 10%: Aplica a contratistas que presenten:
Un Certificado de Registro de Comerciante (para empresas), o
Un Certificado de Cumplimiento (para personas naturales sin Certificado de Registro de Comerciante).
Retención del 20%: Aplica a contratistas que no presenten ni el Certificado de Registro de Comerciante ni el Certificado de Cumplimiento.
Documentos Requeridos:
Formulario W-9-PR: Obligatorio para todos los residentes de Puerto Rico.
Certificado de Exención de Retención: Si aplica, debe presentarse a PIP Traders Funding LLC para evitar la retención.
Nuestro Proceso:
Verificamos la documentación proporcionada por el contratista.
Aplicamos la retención fiscal correspondiente al pago total después de que se aplique la división de ganancias.
Reportamos los pagos anualmente utilizando el Formulario 480.6C al Departamento de Hacienda y proporcionamos una copia al contratista.
2. Contratistas Independientes que Residen en Estados Unidos
Para contratistas que residen en Estados Unidos, aquí están los puntos clave:
¿Cuándo aplicamos retenciones?
Si los servicios están relacionados con actividades realizadas en Puerto Rico, retendremos el 29% de los pagos, ya que estos se consideran ingresos originados en Puerto Rico (Sección 1141).
¿Cuándo no aplicamos retenciones?
Si los servicios se realizan completamente fuera de Puerto Rico y no están vinculados a sus operaciones, no aplicaremos ninguna retención fiscal.
Documentos Requeridos:
Formulario W-9: Obligatorio para todos los residentes de Estados Unidos.
Reportes Anuales:
Enviaremos el Formulario 1099-NEC al IRS y al contratista si los pagos superan los $600 durante el año fiscal.
3. Contratistas Independientes que No Residen en Puerto Rico ni en Estados Unidos
Para contratistas que no residen en Puerto Rico ni en Estados Unidos, los pagos no están sujetos a retenciones fiscales, ya que sus ingresos no se consideran originados en Puerto Rico (Sección 1035.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico).
Nuestro Proceso:
Verificamos el estatus de residencia fiscal del contratista.
Documentamos el estatus fiscal utilizando los formularios internacionales adecuados si corresponde.
Procesamos el pago sin retención fiscal.
4. La Retención Aplica a Todos los Métodos de Pago
La retención fiscal se aplica a todos los métodos de pago, incluidos transferencias bancarias y pagos en criptomonedas. Para los pagos en criptomonedas, se utiliza el valor de mercado al momento de la transacción para calcular la cantidad sujeta a retención y para reportarla a las autoridades fiscales (Aviso 2014-21).
5. Nuestras Responsabilidades
En PIP Traders Funding LLC:
Verificamos cuidadosamente la residencia fiscal y la documentación del contratista antes de procesar cualquier pago.
Aplicamos las retenciones fiscales correspondientes en cumplimiento con las leyes de Puerto Rico y Estados Unidos.
Reportamos los pagos a las autoridades fiscales relevantes dentro de los plazos establecidos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué pasa si un contratista no presenta los formularios requeridos?
No podemos emitir pagos hasta que el contratista proporcione los formularios necesarios (por ejemplo, W-9 o W-9-PR). Si se envían tarde, aplicaremos la retención correspondiente (10%, 20% o 29%).
¿El uso de una cuenta bancaria en EE.UU. afecta la retención?
No. La fuente del ingreso determina la retención, no la ubicación de la cuenta bancaria.
¿Qué significa ingreso originado en Puerto Rico?
Es el ingreso derivado de servicios realizados en Puerto Rico o relacionados con actividades comerciales dentro del territorio.
¿Los pagos en criptomonedas están sujetos a retención?
Sí. Calculamos la retención basada en el valor de mercado de la criptomoneda al momento del pago.
¿Qué formularios enviamos a los contratistas?
Formulario 480.6C: Para residentes de Puerto Rico.
Formulario 1099-NEC o 1099-MISC: Para residentes de Estados Unidos.